Resolución de la Cámara Federal de Casación Penal en causa CFP 9630/2016 "BÁEZ, Lázaro Antonio s/recurso de casación"
La Sala de Feria Judicial Extraordinaria de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Mariano Hernán Borinsky (como Presidente) y Daniel Antonio Petrone (como vocal) resolvió declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Lázaro Antonio Báez, contra la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 de esta ciudad que el 18/03/2020 rechazó la excarcelación allí interpuesta en favor del nombrado y ordenó la formación de un incidente de prisión domiciliaria, que fue solicitado de manera subsidiaria por la asistencia técnica del imputado ante la emergencia sanitaria declarada con motivo de la pandemia correspondiente al Coronavirus COVID-19.
De este modo, la Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal destacó que el tribunal de la instancia anterior, ponderó la calificación legal prima facie adoptada en la instancia anterior, en orden al delito de lavado de activos agravado por su habitualidad (art. 303 del C.P.), su alta capacidad económica y contactos en el extranjero, como así también que los hechos aquí investigados constituirían una compleja maniobra económica y financiera internacional que habrían sido cometidos mientras el encartado se hallaba frente a otra investigación judicial seguida en su contra. La Sala de Casación además resaltó que el tribunal de juicio consideró que persistían los riesgos procesales que oportunamente fundamentaron otros rechazos de pedidos de excarcelación anteriores.
Finalmente, se encomendó al tribunal de juicio a que adopte las medidas necesarias tendientes a la debida tramitación del incidente de prisión domiciliaria referido respecto de Lázaro Antonio Báez.
En la causa principal se le imputa a Lázaro Báez haber puesto en circulación en el mercado, dinero negro proveniente de hechos ilícitos cuyo monto ascendería a una suma superior a los $127.624.184, mediante distintas transferencias bancarias y operaciones simuladas que habrían tenido lugar entre el mes de diciembre de 2015 hasta el mes de julio del año 2016, con el objeto de convertirlo e integrarlo al circuito económico formal bajo apariencia de legalidad y cortar todo lazo con los ilícitos que lo generaron.
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11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE:
1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.