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    Lesa humanidad: la Corte rechazó un recurso del juez federal Pedro Hooft

    El Máximo Tribunal desestimó un recurso extraordinario. Es en el marco de un proceso en donde la defensa del magistrado, acusado por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, cuestiona el rechazo a una excepción de cosa juzgada

    En el acuerdo de este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el expediente H.46.XLVI, resolvió desestimar el recurso extraordinario articulado por la defensa del juez federal Pedro C. Federico Hooft, en el marco de una causa por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.

    Se trata de una presentación realizada por la defensa del magistrado contra un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, que había desestimado un recurso de casación contra la confirmación del rechazo de una excepción de cosa juzgada.

    La pretensión de la defensa -excepción de cosa juzgada- fue sustentada sobre la base de considerar que, entre el objeto procesal del enjuiciamiento llevado a cabo contra dicho magistrado en el año 1993 (causa 3001-108/03 caratulada “Pannoni, Alberto Felipe –abogado- acusa al Sr. Juez en lo Criminal del departamento Judicial de Mar del Plata, doctor Pedro Cornelio Federico Hooft”), en lo que respecta a los hechos denominados como “La noche de las corbatas” y “Caso Candeloro”, y el proceso penal que actualmente se le sigue ante el juzgado de primera instancia federal de Mar del Plata, existiría identidad de sujeto, objeto y causa.

    La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó la resolución que había rechazado la mencionada excepción.

    Los sucesos fueron calificados como delitos de lesa humanidad ocurridos durante el último gobierno militar.

    A su turno, la Procuración General consideró que el escrito que contenía el recurso extraordinario no cumplía con el recaudo de suficiencia exigido por el art. 15 de la ley 48.

    Para decidir el rechazo, los ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi (por su voto), Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay (con arreglo, en lo pertinente, al dictamen del procurador general) consideraron que la presentación resultaba inadmisible.


    Azic

    Asimismo, en el expediente A.92.XLIX, la Corte rechazó este martes el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Juan Antonio Azic. En cuanto al fondo del asunto, la parte venía cuestionando el pronunciamiento de la sala II de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Criminal y Correccional que homologó la decisión del Juzgado Federal N° 2 que había prorrogado la prisión preventiva de Azic por el término de un año (art. 1 de la ley 24.390 modificada por la ley 25.430).

    Azic está acusado en orden a los delitos de sustracción, ocultación y retención de un menor de 10 años, hechos ocurridos durante el último gobierno militar y catalogados como de lesa humanidad.

    Los ministros Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay consideraron que la presentación era inadmisible (art. 280, CPCyCN).

     

    DATE      : 2024-09-20 04:04:21
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    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
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