X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    La Cámara Electoral definió el monto de las multas para quienes no voten

    Es de $50. Para los casos en que el elector no vote en las primarias ni en las generales, la multa por la segunda infracción es de $100, y se acumulará a los $50 correspondientes a la primera. Además estableció con qué ejemplar de DNI se podrá votar

    Mediante una acordada extraordinaria, la Cámara Nacional Electoral -integrada por los doctores Alberto R. Dalla Via, Rodolfo E. Munné y Santiago H. Corcuera-, reglamentó distintas cuestiones relacionadas con las reformas al Código Nacional Electoral aprobadas en el año 2012 a través de las leyes 26.744 y 26.774.

    Entre otras cuestiones, el Tribunal instrumenta el Registro de Infractores al deber de votar, que estará conformado por la nómina de todos aquellos electores que el día de los comicios no concurren a votar y que tampoco justifican -en el plazo previsto para ello- su abstención.

    Para efectuar la justificación, los electores deben presentarse -dentro de los 60 días siguientes a la elección- ante la justicia nacional electoral, con el comprobante que demuestre el impedimento al deber de votar (enfermedad, estar a más de 500 km. de distancia del lugar de votación, etc.).

    En el caso de los fiscales partidarios, teniendo en cuenta que según las reformas incorporadas ya no podrán agregarse al padrón de la mesa en que actúan, las agrupaciones políticas que participen en los comicios deberán remitir a los jueces federales electorales -dentro de los 10 días siguientes a cada elección y mediante un aplicativo informático- la nómina de quienes actuaron como tales en las mesas de votación, cuyas omisiones serán justificadas.

    La acordada determina, además, que el valor de la multa para todos aquellos ciudadanos que no voten ni justifiquen la no emisión del voto, será de $50 en la primera infracción. En los casos en que un elector no vote en ninguna de las dos elecciones -primarias y generales-, la multa por la segunda infracción ascenderá a $100, que se acumularán a los $50 correspondientes a la primera infracción.

    Finalmente, la Cámara dejó aclarado que según la legislación actualmente vigente cualquier ejemplar de Documento de Identidad –siempre que sea el más actualizado que posee cada elector- habilita al elector para votar, incluso el DNI en formato tarjeta que contiene la inscripción “no válido para votar”.

     

    DATE      : 2024-09-20 04:20:59
    SERVER IP : 10.200.1.124
    CLIENT IP : 10.200.56.110
    FILE      : /var/www/cij.gov.ar/prod/scp/obj/2015-obj-interior-nota.php
    LINE      : 872
    FUNCTION  : PHP Parser
    MESSAGE   : [NOTICE] Undefined variable: me
    
    30
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR