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    La Cámara Nacional Electoral requiere mejoras al régimen de publicidad oficial durante procesos electorales

    Lo señaló en un fallo firmado este martes. Fue ante la presentación de una ONG, que había pedido adecuar la forma de asignación y uso de publicidad oficial a estándares internacionales. Para el tribunal, la cuestión requiere de una solución legislativa

    La Cámara Nacional Electoral requirió este martes al Congreso Nacional que revise las normas sobre publicidad oficial en períodos electorales, porque el régimen actual no contempla todos los supuestos que pueden afectar la equidad de las contiendas electorales.

    Tras un desarrollo sobre los vínculos que tiene el tema de la equidad electoral con el deber republicando de dar publicidad a los actos de gobierno y con la libertad de expresión, el máximo tribunal electoral del país señaló que la legislación nacional no regula especialmente la pauta publicitaria estatal para épocas de elecciones ni prohíbe cualquier publicidad oficial -institucional o de actos gubernamentales- durante el período de campañas electorales, sino solo aquella que promueva “expresamente” la captación del sufragio.

    La sentencia fue firmada por unanimidad por los jueces Alberto R. Dalla Via, Rodolfo E. Munné y Santiago H. Corcuera, en el marco de un planteo de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), que solicitó que se activaran mecanismos institucionales para adecuar las prácticas de asignación y uso de publicidad oficial a los estándares internacionales.

    La Cámara explicó que la cuestión requiere una solución legislativa “para darle una mejor organicidad que asegure la relación armónica entre la vigencia de la publicidad de los actos de gobierno, la libertad de expresión y la equidad electoral”.

    El Tribunal aludió también a la restricción legal para la realización de actos de gobierno, aclarando que aunque se encuentra vinculada con la cuestión de la publicidad oficial, el caso no tenía por objeto investigar uno de esos supuestos –que requiere de un juicio especial- sino el control del régimen de distribución y uso de la pauta publicitaria.

    Sobre ese punto, sin embargo, requirió a los Fiscales Electorales “la participación activa […][para] en el control de legalidad de las distintas etapas del cronograma [electoral” y, en particular para “hacer observar las normas vigentes en materia de campañas electorales”.

    También comunicó la sentencia a la Secretaría de Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, “en atención a la responsabilidad que tiene a su cargo, en materia de planificación y ejecución de la política de comunicación pública; la divulgación de las actividades del Estado; la planificación y ejecución de la publicidad oficial y la administración de los medios de difusión que se encuentran bajo responsabilidad del Poder Ejecutivo (cf. Decreto 22/2011)”.-

     

     

    DATE      : 2024-09-20 03:32:57
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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR