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    Archivan una causa por el corte de una ruta durante una protesta gremial

    Lo resolvió el juez federal de Esquel, Guido Otranto. Consideró que el hecho, ocurrido en el marco de una manifestación de docentes por mejoras salariales, no constituyó delito por realizarse de manera pacífica y sin interrumpir completamente el tránsito

    El juez Guido Otranto, titular del Juzgado Federal de Esquel, archivó por inexistencia de delito una causa por el corte de una ruta durante una protesta gremial, considerando que el hecho se realizó de manera pacífica y no se interrumpió completamente el tránsito, ya que se permitió la circulación por caminos alternativos y se liberó la ruta a intervalos cortos, de modo que se trató del ejercicio regular del derecho constitucional de reunión.

    El hecho ocurrió en marzo pasado, cuando personal policial de la Comisaría Distrito El Hoyo de la Policía de la Provincia de Chubut dio cuenta de que un grupo de unas 150 personas se encontraban manifestando sobre la Ruta Nacional Nº 40, en el límite con la localidad de El Bolsón, Río Negro.

    En la resolución, el magistrado señaló que para que sea delictivo un corte de ruta que no paralice totalmente el tránsito vehicular sino que sólo lo estorbe o entorpezca, debe haber provocado una situación de inseguridad que al menos, debe generar peligro para las personas o bienes individuales.

    “El método de protesta de social del caso analizado consistió en un entorpecimiento del tránsito vehicular, dado que se permitió la circulación por un camino alternativo y se realizó de manera transitoria e intermitente liberando la ruta cada diez o quince minutos. Además, fue realizada en forma pacífica ya que no se registraron actos de violencia contra las personas o los vehículos afectados por la manifestación”, indicó.

    Y agregó que, bajo tales condiciones, “se trató de un hecho que quedó al margen de la tipicidad que caracteriza a la figura del art. 194 del Cód. Penal, de acuerdo con la interpretación realizada, debido a que el entorpecimiento de la circulación del tránsito no ha provocado ninguna situación de peligro para personas o bienes”.

     

     

    DATE      : 2024-09-19 23:45:15
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    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR