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    Se presentó una propuesta de juicio abreviado en la causa contra Ricardo Jaime por dádivas

    El juez Julián Ercolini deberá dictar sentencia dentro de los próximos 10 días. El juicio abreviado se origina con un acuerdo formal entre el representante del Ministerio Público Fiscal, los acusados y sus defensores

    Ante el juez Julián Ercolini, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 10, se presentó este miércoles una propuesta de juicio abreviado en el marco de la causa contra Ricardo Jaime por dádivas.

    El juicio abreviado se origina con un acuerdo formal entre el representante del Ministerio Público Fiscal, los acusados y sus defensores, en el que se consignan la existencia del hecho;  la participación de cada uno, descriptas en la acusación del fiscal (el requerimiento de elevación a juicio), y la calificación legal recaída (art. 431, inciso 2°, del C.P.P.N.). En los supuestos de conexidad de causas, el acusado debe admitir el requerimiento fiscal respecto de todos los delitos allí atribuidos.

    Ante la presentación del acuerdo suscripto por las partes, el juez debe citar a un encuentro personal con cada uno de los acusados (denominado conocimiento de visu) con el fin de escuchar si quieren realizar alguna manifestación más allá del acuerdo ya firmado.

    Una vez entrevistados los acusados, el juez que interviene debe tomar una resolución, en función de las constancias de la causa incorporadas en la preparación del juicio y del contenido del compromiso de juicio abreviado.

    Debe ser homologado el acuerdo si se cumplen los recaudos legales, aunque también puede ser rechazado en los casos de que fuera necesario un mejor conocimiento de los hechos (discrepancia fáctica) o cuando hay disidencia con la calificación legal admitida y acordada (discrepancia jurídica).

    En el caso de que el juez no rechazara el acuerdo, debe disponer el llamamiento formal y en un plazo no mayor a 10 días, dictar una sentencia que debe basarse en las pruebas producidas durante la investigación preliminar, y en su caso en la admisión de los hechos por parte de los imputados;  en el fallo no se puede imponer una pena superior o más grave que la pedida por el fiscal.

    Si, por lo contrario, se rechaza el acuerdo de juicio abreviado, ese juez pierde jurisdicción y debe enviar el caso al tribunal que le siga en turno.

     

     

     

    DATE      : 2024-09-20 07:45:30
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    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR