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    La Corte Suprema refuerza la limitación de la publicidad del cigarrillo para proteger la salud

    Este martes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la acción declarativa promovida por la firma Nobleza Piccardo S.A.I.C. y F. contra la Provincia de Santa Fe (CSJ 188/2006 (42-N)/CS1 “Nobleza Piccardo S.A.I.C. y F. c/ Santa Fe, Provincia de si acción declarativa de inconstitucionalidad”).

    En su demanda la empresa pidió la inconstitucionalidad de la ley local 12.432, en la que se establecieron prohibiciones y limitaciones relativas a la publicidad y promoción de los productos derivados del tabaco, a su consumo y a su venta.

    Para rechazar la demanda, el Tribunal entendió que la materia en cuestión puede ser legislada por la Nación y las provincias en forma conjunta y simultánea. En tal sentido señaló que el poder de policía en la materia corresponde a las provincias y ellas lo ejercen dentro de su territorio. Esta comprensión del federalismo permite avanzar en la concreción de políticas intergubernamentales.

    La publicidad y promoción de productos tabacaleros en las provincias es una facultad que ellas comparten con la Nación. Por tal razón, el modo en que lo hace debe ser respetado, salvo una incompatibilidad constitucional insalvable.

    Consideró, además, que a través de la ley 12.432, la provincia ha prestado especial atención al derecho a la salud, y ha impulsado la creación del Programa de Control del Tabaquismo en el ámbito del Ministerio de Salud de la provincia, cuyas acciones están destinadas a la prevención, primaria y secundaria del hábito de fumar, con el objeto de disminuir en la población, la mortalidad causada por el consumo activo y pasivo del tabaco en cualquiera de sus formas, siendo sus normas de orden público (art. 1° de la ley 12.432).

    La Corte Suprema concluye que, en el marco del federalismo, la facultad ejercida por la Provincia de Santa Fe a través de la ley 12.432 para regular lo atinente a la publicidad del tabaco no se revela como desproporcionada con la finalidad perseguida de bien público, esto es  garantizar la salud pública.

     

     

    DATE      : 2024-09-20 07:32:41
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    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
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