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La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires decidió, por unanimidad, no hacer lugar a la denuncia formulada por el fiscal de Estado de esa provincia, quien había solicitado que se declare que la cuestión resuelta por el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata era propia de la competencia originaria del Tribunal y que, por ello, se anule todo lo actuado.
Se trata de una decisión que no implica un pronunciamiento sobre el acierto o error de la sentencia dictada por el magistrado de primera instancia, cuestión que, en su caso, deberá ser evaluada por el órgano jurisdiccional competente para decidir el recurso ordinario de apelación interpuesto y, eventualmente, por la Suprema Corte, si el asunto llega para su conocimiento por vía extraordinaria.
DATE : 2024-09-20 07:47:56 SERVER IP : 10.200.1.123 CLIENT IP : 10.200.56.110 FILE : /var/www/cij.gov.ar/prod/scp/obj/2015-obj-interior-nota.php LINE : 872 FUNCTION : PHP Parser MESSAGE : [NOTICE] Undefined variable: me