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    La Cámara Electoral aclara que la Justicia seguirá sin intervenir en el escrutinio provisorio

    En una Acordada firmada el día de hoy, se hace saber a la ciudadanía que “pese a reiterados requerimientos de este Tribunal, el escrutinio provisorio continúa bajo la órbita exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional sin participación alguna de la justicia nacional electoral en las operaciones atinentes a su diseño, planificación, organización, procesamiento, cómputo y difusión de los resultados; ni tampoco en la contratación de prestadores de servicios a tales efectos”.

    La resolución se dicta porque en enero de este año -ante la falta de sanción de la ley de reforma electoral que se debatió en 2016- la Cámara se propuso implementar una serie de medidas para el fortalecimiento del proceso electoral, que requerían la actuación de la Secretaría de Asuntos Políticos e Institucionales del Ministerio del Interior (Acordadas CNE 2/17 y 3/17).

    Una de las propuestas se refería a un mecanismo de escrutinio provisorio diferente al que históricamente se ha implementado desde el Poder Ejecutivo, para robustecer las herramientas de fiscalización, propender a una difusión más rápida de los resultados y, fundamentalmente, para integrarlo “como una fase más del proceso que dirige la justicia nacional electoral, alejado de la órbita del Poder Ejecutivo Nacional y, en consecuencia, de cualquier interés político partidario”. Una solución semejante incluía el proyecto de ley de 2016, que impulsó el Poder Ejecutivo y que aún no fue aprobado por el Congreso.

    Sin embargo, explica la resolución, “hasta el día de hoy -ya avanzado el cronograma electoral en curso- no se ha obtenido respuesta alguna”.

    En tal sentido, los jueces de la Cámara -Santiago Corcuera y Alberto Dalla Via aclararon también que las previsiones propuestas no requerían “un presupuesto significativo en relación al total asignado y al que históricamente se destinó al rubro”, y en modo alguno suponen la intervención de ninguna empresa privada ni justifican modalidad administrativa que al respecto se haya adoptado, sino que, por el contrario, procuran prescindir de la acostumbrada contratación de terceros.

    También pusieron de relieve que el Poder Ejecutivo no receptó los pedidos de la Acordada CNE 2/17, mediante la cual se proponía un sistema de trazabilidad en tiempo real del material electoral –para el seguimiento del despliegue y repliegue de la documentación- para un mejor control de la logística, lo que aún se aguarda desde el tribunal.

     

    Cámara Nacional Electoral
    27 de junio de 2017

     

    DATE      : 2024-09-19 23:54:44
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    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
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