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    Avalan un plan de saneamiento de basurales en Paraná

    Una jueza de Entre Ríos homologó un acuerdo en el marco del reclamo iniciado por una ONG contra el Municipio de la capital entrerriana por contaminación ambiental. El convenio exige a la comuna medidas de limpieza y prevención. Resolución completa

    Una jueza de Entre Ríos homologó un plan de erradicación de basurales existentes en la ciudad de Paraná, en el marco del reclamo iniciado por una ONG contra el Municipio de la capital entrerriana por contaminación ambiental.

    El convenio incluye, entre otras medidas, la ejecución de sistemas de detección de columnas de humo y sofocar incendios, así como la identificación de dependencias en donde que se pueden radicar denuncias de vecinos.

    La homologación recayó en un juicio de ejecución de sentencia por cumplimiento de órdenes emanadas de un fallo del Superior Tribunal de Justicia provincial, donde el Juzgado Civil y Comercial Nº 8 de Paraná instó a las partes a deliberar en procura de un acuerdo, al que finalmente se llegó, después de 14 horas de discusión.

    En ese marco, se informa desde el Superior Tribunal que ya se están desarrollando medidas concretas y se han determinado acciones que involucran la prevención a futuro, para proteger el medio ambiente.


    Homologación

    A través de un proceso deliberativo instado por la jueza de aquel juzgado, María Andrea Morales, el Foro Ecologista y la Municipalidad de la capital entrerriana llegaron a un acuerdo para solucionar problemas de contaminación originados por el humo de focos ígneos generados por acumulación de residuos.

    Dicho acuerdo fue homologado por la magistrada el pasado 27 de octubre, entendiendo que la actuación judicial  “debe garantizar la eficacia de los derechos y evitar que éstos sean vulnerados”.

    En línea con fallos emanados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Morales consideró que no incumbe al Poder Judicial imponer estrategias específicas ni diseñar políticas públicas. Por el contrario, y según señaló, de lo que se trata es que judicialmente se fijen pautas y se establezcan estándares jurídicos, “a partir de los cuales deben elaborarse las políticas en cuestión, exigiendo que las mismas tengan en cuenta las necesidades ignoradas y garanticen la eficacia de los derechos”.

    Recién después, dijo, en la etapa de la ejecución de una sentencia -como es en este caso la  iniciada en abril de 2008 por el Foro Ecologista de Paraná por lo que creía era un incumplimiento de la Municipalidad de la orden emanada del Tribunal de Feria de agosto de 2007-, controlar su efectivo cumplimiento, velando porque las acciones que se desarrollan sean razonables y se ajusten a los objetivos trazados en el pronunciamiento judicial.


    Génesis

    La causa se inició como consecuencia de una acción de amparo contra la comuna local presentada el Foro Ecologista de Paraná en junio de 2007, en procura de la erradicación de basurales que generan incendios espontáneos y provocados, produciendo humo altamente contaminante del medio ambiente, y provocando efectos nocivos en la integridad física de sus habitantes.

    A los pocos días de aquella presentación, el Juzgado Civil y Comercial Nº 8 de Paraná dictó una sentencia que luego fue apelada por la Municipalidad, interviniendo entonces el Tribunal de Feria del Máximo Tribunal provincial, en agosto de 2007, el cual, por mayoría y conforme dictamen fiscal, resolvió revocar casi la totalidad de la sentencia original del juez, pero mantuvo la orden de que en el término de 30 días el municipio erradicara los basurales de la ciudad que producían focos ígneos y propagación de sustancias contaminantes.

    En un principio, y entendiendo como se dijo, que esa orden judicial había sido desoída por la Municipalidad, el Foro Ecologista inició un procedimiento judicial de ejecución de sentencia que inicialmente fue rechazado, pero prosperó luego en el mismo Juzgado Civil Nº 8, en abril del año pasado.                                                                                                    

    Al hacerse cargo de ese juzgado, la jueza María Andrea Morales tomó por iniciativa propia un importante número de medidas ininterrumpidas, que aportaron mayor información a la causa, hasta instrumentar un nuevo reconocimiento judicial, en el Volcadero.

    Ese reconocimiento se llevó a cabo el 16 de octubre pasado. Y en presencia de los representantes del Foro Ecologista y de la Municipalidad de Paraná, tras la inspección realizada, la magistrada los convocó a su despacho. Allí los instó al diálogo para llegar a un acuerdo. Y luego de 8 horas, pasaron a un cuarto intermedio hasta el 23 de octubre último, oportunidad en la que en la sede del juzgado las partes finalmente acordaron, después de cinco horas de debate.


    Obligaciones del Municipio

    Del acuerdo homologado se desprende que, a través de la Subsecretaría de Gestión Ambiental, la Municipalidad debe asegurar -entre otras medidas- el mantenimiento y ejecución de los sistemas de detección de columnas de humo y sofocar los focos ígneos especificados en el expediente a estos efectos labrado. Especialmente, los de las áreas de riesgo, que son el Volcadero Municipal, y las laderas del Arroyo Antoñico, frente al hipermercado local.

    Asimismo, las autoridades comunales deben atender las denuncias que pudieren efectuar los particulares e informar a la población, de modo claro y comprensible, los lugares y teléfonos en los que se pueden radicar las mismas, afectándose específicamente y a idénticos fines, una línea telefónica gratuita, de atención permanente.

    Y, hasta tanto se proceda al saneamiento definitivo del Volcadero Municipal -cuya acción se enmarca en un programa integral de gestión de residuos sólidos urbanos-,  la Unidad Municipal 2, dependiente de la Secretaría de Gobierno, deberá continuar con las tareas de prevención y mitigación que fueron constatadas en la referida inspección allí realizada.

    Finalmente, y en lo que resulta atinente a los minibasurales existentes y/o que en el futuro se pudieren formar en Paraná, el Gobierno Municipal deberá avanzar en las medidas de limpieza que se están ejecutando y adoptar las acciones de prevención necesarias, para evitar su formación.

    DATE      : 2024-09-20 07:43:21
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    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
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