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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky (Presidente) y Gustavo M. Hornos, declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado por la defensa contra el rechazo del recurso de casación presentado contra las condenas de 9 y 11 años de prisión impuestas, por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2 de Mendoza, por infracción a la ley 23.737.
La organización delictiva se dedicaba al comercio de estupefacientes en el oeste del departamento de Godoy Cruz, provincia de Mendoza. La banda había organizado diversos puntos de venta para la adquisición de marihuana y cocaína, sustancias que previamente eran recibidas, fraccionadas, almacenadas y distribuidas por sus miembros. También contaban con la colaboración de jóvenes que a cambio de armas, dinero y drogas colaboraban con las tareas del comercio, instalaban “kioscos” e intimidaban o atacaban a miembros de bandas rivales.
Asimismo, en la causa se acreditó que la banda se dedicaba también al lavado de dinero proveniente del aprovechamiento del producido del comercio de estupefacientes, puesto que adquirieron a nombre de los coimputados o de terceros, diversos bienes inmuebles y rodados.