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    Gómez Alonso: “Las notificaciones electrónicas constituyeron realmente una revolución”

    La titular de la Asociación de Magistrados se refirió al plan de informatización impulsado por la Corte. Destacó también los giros electrónicos en el fuero comercial. “Esta modificación resultó una magnífica fuente de aceleración de los procesos”, agregó

    La jueza María Lilia Gómez Alonso de Díaz Cordero, presidenta de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional e integrante de la Cámara Nacional en lo Comercial, afirmó que el plan de informatización elaborado por la Corte Suprema "dio prestaciones igualitarias en todos los ámbitos a lo largo y ancho del país”.

    Lo aseguró al aportar su mirada acerca de la implementación de las políticas de modernización que impulsa el Máximo Tribunal desde el año 2007. A continuación, el testimonio completo:

     

    “Quiero comentarles que para mí la informática llegó a nuestras vidas, sobre todo a la vida judicial, para quedarse.

    Es impensable que tengamos un trabajo que no sea asistido por la informática. Recuerdo que en la década del ’80, junto con otros jueces, compramos Commodore 64, que muchos ya no deben recordar ni el nombre, para poder realizar nuestra tarea cotidiana.

    En la Cámara Comercial, la informatización llegó en 1994 de la mano de comodatos que habíamos logrado con instituciones públicas y privadas para poder soportar el cúmulo de tarea que teníamos. Eran 120 mil causas por año acumulativas y solamente con el auxilio de la informática pudimos avanzar.

    Pasados los años, en 2014, nos integramos al plan elaborado por la Corte Suprema, que dio prestaciones igualitarias en todos los ámbitos a lo largo y ancho del país. El mayor mérito de este sistema es haber logrado que todos los expedientes se encuentren en red y que puedan ser consultados por los abogados y por los propios jueces que muchas veces podemos evitar trámites innecesarios desde nuestro propio escritorio consultando la sentencia de otro magistrado para incorporarla, previa certificación, por ejemplo en una decisión que tenemos que tomar.

    También las posibilidades de consulta se fueron ampliando. En un primer momento solamente eran las providencias o las resoluciones del tribunal las que estaban en línea. Sin embargo, hoy en día al escanearse los escritos vamos hacia el expediente digital, que es la única solución para colaborar con los muy atiborrados juzgados.

    Pensemos que en los últimos años hubo un incremento del 400% mínimo del ingreso de causas, tanto en cantidad como en calidad, y esto sólo puede ser paliado, en cierto modo, por la tecnología. Además, es necesario obviamente la mayor cantidad de jueces.

    Tenemos como herramientas cotidianas los DEO, es decir la posibilidad de recurrir a los oficios informáticos eliminando el soporte papel. Tenemos consultas permanentes con distintas instituciones, por ejemplo la Cámara Electoral, el Registro de la Propiedad Inmueble de Capital, el Registro Automotor, que tiene carácter nacional, y se van sumando otras entidades que colaboran a prestar un servicio más rápido, más sencillo y sobre todo también tendiente al beneficio del mundo entero en cuanto al aspecto ambiental, ya que se utiliza un papel que antes era innecesario.

    Las notificaciones electrónicas constituyeron realmente una revolución en materia tecnológica porque aquellas cédulas que tardaban no menos de ocho días en diligenciarse, previo ser entregadas ante el tribunal, y luego ser cosidas –seguimos cosiendo expedientes aunque algunos otros fueros no lo hagan- también, además de ese tiempo que se ha acortado, el tiempo de presentación de los proyectos de cédulas ante el tribunal, que en materias no penales dependía exclusivamente de la voluntad del abogado, salvo las que estuvieran a cargo del tribunal, pero la mayoría eran presentadas por los abogados en el tiempo que ellos determinaban, que muchas veces transcurrían tres o seis meses, que se acercaban a los plazos de caducidad de la instancia.

    Todos estos tiempos se han acelerado y, justamente estaba hoy tomando conocimiento de un expediente que llega para decidir en segunda instancia, o sea para dictar la sentencia definitiva, apenas un año después de iniciado. Es decir que esta modificación, que fue muy cuestionada en un primer momento, muy resistida por quienes no están acostumbrados al uso de la informática, sobre todo los abogados mayores, ha resultado una magnífica fuente de aceleración de los procesos. Estos son todos detalles que no se tienen en cuenta, no se ven, no se muestran pero que es necesario difundirlos.

    Lo mismo con los giros electrónicos. En este fuero, donde los giros son permanentes, las bondades del sistema ha hecho que se recurra a esta vía sencilla, fácil, sin ningún tipo de burocracia, donde el tribunal libra la orden de transferencia y solamente el abogado necesita indicar su régimen impositivo y el número de cuenta donde se va a realizar la transferencia, cuenta que también es gratuita para todos aquellos que quieran utilizar el sistema. Esto logra seguridad, evita complicaciones y también todo esto, que es tener una Justicia online, genera transparencia porque todos pueden estar controlando lo que hacemos desde lejos.

    Son muchas las bondades que podríamos seguir mencionando pero hay factores que no colaboran con las necesidades reales hoy en día porque la tecnología es una materia que se va superando constantemente y en esa superación nunca alcanzamos a cubrir esas necesidades porque siempre vienen algunas nuevas pero hay ciertas falencias que son desde siempre y que son esenciales para que este sistema otorgue beneficios y que son la falta de conectividad sobre todo respecto del interior del país o ciertos sectores de la ciudad; y la poca capacidad de los servidores, que debe ser incrementado rápidamente. Hoy no podemos introducir en el expediente las audiencias que se toman en los tribunales. Esas audiencias es relevante que queden incorporadas al expediente y no queden en registros separados de él porque todo esto son los pasos que hay que dar para poder llegar al expediente digital.

    La notificación electrónica también ha logrado seguridad por cuanto hay un registro único de identificación donde el domicilio de las partes coincide con el CUIT de la persona que se va a notificar.

    También, además de estas dos necesidades básicas en cuanto a la capacidad y a la conectividad, debemos contar con estadísticas. Las estadísticas son fundamentales para poder mostrar a la sociedad qué es lo que hacemos. Pero unas estadísticas objetivas, efectuando las mediciones correspondientes, de acuerdo a los distintos estados o etapas del proceso y los plazos de resolución. Allí encontraremos la forma de rendir cuentas a la sociedad y de recuperar el prestigio que nunca debimos haber perdido porque el trabajo silencioso de miles de magistrados no se ve todos los días y esto es lo que tenemos que rescatar y no las malas noticias. Muchas gracias.”


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