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    Embargo para garantizar cuotas alimentarias futuras

    La Sala B de la Cámara Civil consideró que las deudas del obligado por alquileres, expensas y ABL hacen presumir que en un futuro podría tornarse imposible el cumplimiento de la prestación
    Un hombre apeló una resolución que hizo lugar a un pedido de embargo preventivo de sus bienes como garantía de la percepción de cuotas alimentarias futuras.
     
    La Sala B de la Cámara Civil consideró que bajo la órbita de la nueva normativa vigente en la materia, puede disponerse la traba de medidas cautelares para asegurar el pago de alimentos futuros, provisionales, definitivos o convenidos (artículo 550 del Código Civil y Comercial). 
     
    Entendió que dada la naturaleza asistencial y urgente de la cuota alimentaria y el carácter provisional de las medidas cautelares, corresponde admitirlas para garantizar la percepción de alimentos futuros cuando pueda inferirse que existe riesgo de que el obligado se insolvente para eludir el pago o concurran causales objetivas que tornen incierta la percepción de la cuota.
     
    Asimismo, consideró que las manifestaciones efectuadas por el apelante dan cuenta de que ha enajenado parte de sus bienes y pretende vender un inmueble, lo cual -sumado a la deuda que registra por alquileres, expensas y ABL- hace presumir que en un futuro podría tonarse imposible el cumplimiento de la prestación alimentaria establecida en la instancia de grado.
     
    Por ello, confirmó la sentencia apelada.
     
     
    Normativa citada
    Normativa citada
    Normativa mencionada
    Código Civil y Comercial de la Nación
    Artículo 550.- Medidas cautelares. Puede disponerse la traba de medidas cautelares para asegurar el pago de alimentos futuros, provisionales, definitivos o convenidos. El obligado puede ofrecer en sustitución otras garantías suficientes.
    DATE      : 2024-09-19 23:52:45
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    CLIENT IP : 10.200.56.110
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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR