X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Revocan fallo que ordenaba eliminar el nombre de una persona en una publicación en internet

    Lo decidió la Sala II de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal, integrada por los jueces Alfredo Gusman, Ricardo Guarinoni y Eduardo Gottardi
    La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, integrada por los jueces Alfredo Silverio Gusman, Ricardo Víctor Guarinoni y Eduardo Daniel Gottardi, en una resolución firmada el 19 de marzo último revocó una decisión que, como medida cautelar, ordenaba a Clarín Digital, Google Argentina, Yahoo Argentina SRL y Bing Microsoft Argentina SA eliminar el nombre y apellido de una persona con referencia a una publicación en cuanto se relacione con el proceso judicial en que había sido absuelto.
     
    El juez de primera instancia había estimado que la divulgación del nombre del actor en la forma aquí cuestionada afecta derechos personalísimos, lo que genera un estado de incertidumbre al respecto que merece ser amparado preventivamente. 
     
    Entre otras consideraciones, la Cámara señaló lo siguiente:
     
    “Por una parte, el actor sostiene la existencia de una afectación a su buen nombre y honor como consecuencia de una nota periodística que reputa desactualizada y arbitraria, así como desvirtuada por una posterior sentencia penal en la que fue sobreseído con relación a negociaciones incompatibles con la función pública y violación de los deberes del funcionario público. Enfrentándose a ello están la libertad de expresión consagrada por la Constitución y, directamente relacionada con ella, la libertad de prensa. Se trata de garantías que no solo involucra a los recurrentes sino que interesan a toda la sociedad en general, ya que la noticia objetada tendría vinculación con cuestiones de interés público.”
     
    “En función de tales circunstancias, y ponderando igualmente que la búsqueda, recepción y difusión de ideas de toda índole, a través del servicio de internet se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión (conf. art. 1° de la ley 26.032), el derecho alegado por el actor no cuenta con verosimilitud suficiente que justifique la medida dispuesta en la instancia de origen, especialmente ponderando que la libertad de prensa cuenta con un alto grado de protección en nuestro ordenamiento normativo (arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional; art. 13.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos) y protege la difusión de noticias que tienen relevancia pública.”
     
    “Se suma a ello el hecho de que la noticia en cuestión se vincula directamente con hechos relacionados con el desempeño del accionante como funcionario judicial. Tal circunstancia es relevante porque la Corte Suprema ha puntualizado que los funcionarios públicos se han expuesto voluntariamente a un mayor riesgo de sufrir perjuicio por noticias difamatorias.”
     
    “Por último, está el factor temporal que ambos recurrentes han invocado: la nota periodística cuestionada data del año 1996, por lo que no se advierte que exista peligro en la demora, ni tampoco este requisito es individualizado en el escrito inaugural (ver fs. 11/13 vta.), recaudo que, más allá de las peculiaridades de la vía procesal intentada, hubiera resultado de utilidad para el tribunal.”
     
    “Teniendo en cuenta que entre el fallo de primera instancia que dispuso su sobreseimiento y la promoción de estas actuaciones transcurrieron poco menos de dieciocho años, no es posible afirmar que en el caso haya razones de urgencia que justifiquen la decisión adoptada por el señor juez.”
     
     
     
    DATE      : 2024-09-19 23:54:40
    SERVER IP : 10.200.1.121
    CLIENT IP : 10.200.56.110
    FILE      : /var/www/cij.gov.ar/prod/scp/obj/2015-obj-interior-nota.php
    LINE      : 872
    FUNCTION  : PHP Parser
    MESSAGE   : [NOTICE] Undefined variable: me
    
    11
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR