Lo decidió la Sala II, al revocar una decisión de primera instancia, la cual no había sido cursada a la UIF para que pueda acusar. Se trata del caso seguido contra Carlos Gonella y Omar Orsi por no impulsar una acción penal contra Lázaro Báez
La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, integrada por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, resolvió en la causa CFP 4773/2013/13/CA4, seguida contra Carlos Gonella y Omar Orsi por el delito de prevaricato –por no impulsar la acción penal contra Lázaro Báez por hechos ligados a su presunta participación en la causa por lavado de dinero- revocar una decisión del juez titular del Juzgado Federal n.° 8 que no había cursado vista a la UIF para que pueda acusar en la causa, a la par que le encomendó activar la instrucción del caso.
Los jueces señalaron que “lo decidido por esta Sala en CFP4773/2013/10/CA3 el 1ro. de julio de 2017 no trae aparejada la solución a que -tras una larga demora en la dirección del proceso- llegó el juez, siendo procedente cursar la vista a la UIF en los términos del artículo 346 y siguientes del Código Procesal Penal de la Nación (dado el rol que en su momento se le otorgó), dar tratamiento a su respuesta al respecto y continuar con el trámite correspondiente (aunque sea por legajo separado al principal, al que finalmente se incorporará en la eventualidad que se admita su intervención como parte del proceso o en el caso contrario, perderá virtualidad su presentación)”.
Además, sostuvieron que “la postergada necesidad de tomar algún curso de acción respecto de la imputación efectuada sobre Alejandra Gils Carbó -sin afectar las definiciones sobre los casos de Carlos Gonella y Omar Orsi- también amerita encomendar la activación de la instrucción en relación a ello”.
Informe: Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal