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    Causas por aportes a AFJP, al fuero de la Seguridad Social

    La Justicia en lo Contencioso Administrativo se declaró incompetente en reclamos de afiliados al régimen de capitalización por el traspaso obligatorio de fondos al sistema reparto. Solicitaron el embargo preventivo de aportes. Fallos completos

    El fuero en lo Contencioso Administrativo Federal se declaró incompetente para entender en reclamos de afiliados a Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) contra el traspaso de fondos jubilatorios al sistema de reparto.

    Se trata de una serie de causas que ingresaron en la Justicia de primera instancia del fuero Contencioso Administrativo por las que se pidió, como medida cautelar, el embargo preventivo sobre la totalidad de los aportes al régimen de capitalización individual, en causas contra el Estado nacional y AFJP.

    Frente a esas solicitudes, los respectivos jueces se declararon incompetentes y remitieron las actuaciones a la Justicia Federal de la Seguridad Social.


    Fundamentos

    Como argumentos para fundamentar la declaración de incompetencia y ordenar la remisión de las causas al fuero de la Seguridad Social, los magistrados dijeron lo siguiente:

    • La ley que motiva la promoción de los reclamos, y en virtud de la cual el afiliado aduce que perderá los aportes realizados a la AFJP, establece la unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) en un único Régimen Provisional Público, de modo que el derecho de fondo no es administrativo sino de la seguridad social.
    • La competencia contencioso administrativa aparece definida no porque intervenga el Estado “lato sensu”, sino por la subsunción del caso en el derecho administrativo.
    • La norma que creó la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social (ley 24.655) establece que serán competentes los tribunales de ese fuero en las demandas que versen sobre la aplicación del SIJP.
    DATE      : 2024-09-20 07:54:29
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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR