Lo resolvió la Sala IV. Se trata de los recursos extraordinarios presentados con relación a su procesamiento por el delito de defraudación y embargo por 250 millones de pesos y al planteo de nulidad de la clausura de la instrucción
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo M. Hornos -como presidente-, Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo, resolvió declarar inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por la defensa de Julio De Vido relativos al procesamiento y al embargo dictados respecto del nombrado y además, resolvió rechazar la queja también de la defensa por el planteo de nulidad de la clausura de la instrucción (art. 346 C.P.P.N.).
En el caso se investiga la maniobra a través de la cual diversos sujetos, valiéndose de la Asociación Madres de Plaza de Mayo, utilizaron a la fundación del mismo nombre en connivencia con funcionarios públicos –entre ellos Julio De Vido- para gestionar y obtener ilegítimamente fondos de la Secretaría de Obras Públicas para la construcción de viviendas sociales, parte de los cuales fueron desviados de su destino específico.
A raíz de la maniobra investigada, se habrían desviado millones de pesos de su fin específico (viviendas sociales). Dicho dinero habría sido transferido por la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, dependiente del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación –a cargo de De Vido- a las jurisdicciones locales, y luego canalizado a las distintas cuentas bancarias de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.
Informe: Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal