X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Reservas: la Cámara podrá definir los recursos del Poder Ejecutivo

    La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal está en condiciones, desde este martes, de expedirse sobre los recursos extraordinarios contra los fallos que suspendieron el uso de reservas del Banco Central para el pago de deuda pública
    Reservas: la Cámara podrá definir los recursos del Poder Ejecutivo

    Desde este martes, la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal podrá expedirse en dos causas en las que se dispuso, por sendas medidas cautelares, suspender la aplicación del decreto de necesidad y urgencia 2010/09 que autoriza el uso de reservas del Banco Central para el pago de deuda pública.

    Se trata de los recursos extraordinarios presentados en las causas “Pinedo” y “Morales”, en las que quedaron firmes las notificaciones de los respectivos trasaldos, de modo que desde el 23 de febrero la Cámara estará en condiciones de definir si concede o deniega los recursos. Para ello cuenta con un lapso de 15 días.

    Los plazos quedaron ratificados luego de que el tribunal rechazara, el pasado 17 de febrero, un planteo del diputado Federico Pinedo, por el que había cuestionado la notificación del traslado del recurso extraordinario presentado por el Poder Ejecutivo.

    Así, quedó firme la notificación realizada por la Cámara al legislador el 8 de febrero pasado y, con ello, el plazo de diez días para contestar el traslado.

    Pinedo había planteado que él se había notificado del traslado el 11 de febrero, cuando tomó vista del expediente, y no el 8 de ese mes, cuando se lo notificó por cédula. Ello, porque entendió que en la cédula de notificación no se adjuntó el auto de traslado.

    En la resolución del 17 de febrero, la Cámara dijo que el 5 de ese mes se corrió traslado del recurso extraordinario presentado por el Ejecutivo y que el 8 un ujier del tribunal notificó al abogado de la parte actora, entregando copia de ello y del recurso.

    Señaló, además, que el 11 de febrero el abogado de la parte actora Esteban Eseverri se presentó en el tribunal y retiró copia del auto “por haberse omitido acompañar el auto de cédula”.

    Ante ello, la Sala dijo que en función de la cédula de notificación y al no haberse deducido incidente de redargución de falsedad de ese documento público ni planteado su nulidad, “no cabe atender a la solicitud del Dr. Esverri de que se lo tenga por notificado el 11 de febrero de 2010”.

    Asimismo, aseguró que “en la medida en que no se desconoce haber recibido copia del recurso a contestar no se advierte que eventual perjuicio le cause la omisión que alega, pues su derecho de defensa en juicio se satisface con la contestación del recurso cuya copia se le entregó”. En consecuencia, desestimó el planteo y tuvo por válida la notificación realizada el 8 de febrero.

    En la misma situación está la causa iniciada por el senador Gerardo Morales. Si bien no se cuestionó la fecha de notificación del traslado del recurso extraordinario, en ella también vence el plazo para su contestación el 23 de febrero próximo, a las 9.30. En cualquier caso, la Cámara estará en condiciones de resolver a partir de esa fecha y por un plazo de 15 días.

    El tribunal está integrado por los magistrados Jorge Morán, Sergio Fernández y Luis Márquez. Tanto Fernández como Márquez son jueces subrogantes e integran la sala a partir de la acordada 21/09, firmada el 10 de diciembre del 2009.

    DATE      : 2024-09-20 04:39:09
    SERVER IP : 10.200.1.123
    CLIENT IP : 10.200.56.110
    FILE      : /var/www/cij.gov.ar/prod/scp/obj/2015-obj-interior-nota.php
    LINE      : 872
    FUNCTION  : PHP Parser
    MESSAGE   : [NOTICE] Undefined variable: me
    
    37
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR