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    Reservas: separan a Marinelli y ordenan a Lavié Pico que resuelva en forma inmediata

    Lo resolvió la Sala III de la Cámara en lo Contencioso. Ordenaron a Lavié Pico que se pronuncie en forma inmediata sobre la medida cautelar interpuesta por Pichetto contra la integración de la Comisión Bicameral que evalúa los DNU. Fallo completo

    La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió hacer lugar a la apelación del senador Miguel Pichetto y aceptar la recusación del juez Ernesto Marinelli, al tiempo que le ordenó al juez Lavié Pico que “se pronuncie en forma inmediata sobre la medida cautelar requerida en autos”.

    Pichetto había presentado un amparo con una medida cautelar para impugnar la conformación de la Comisión Bicameral de control de los Decretos de Necesidad y Urgencia. Originalmente, la causa recayó en el juzgado de Marinelli, quien fue recusado por el senador. Al decidir esa recusación, el juez Lavié Pico la desestimó al indicar que no se había hecho en la primera presentación.

    Ahora, la Cámara aceptó la recusación de Marinelli al expresar que “corresponde considerar que la recusación sin causa efectuada en la presentación de los actores reúne los requisitos de admisibilidad formal previstos en el artículo 14 del Código Procesal, por lo que debe ser admitida”.

    De esta manera, Lavié Pico deberá pronunciarse sobre la medida cautelar, con habilitación de horas inhábiles.

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 526/2024 - RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 526
    • 1392/2024 - concédese licencia por motivos particulares para el día 11.11.24 a la Oficial de Servicio de este Tribunal, María Funes
    • 1425/2024 - Se rectifica la Resolución N° 1298/24 en el sentido que donde dice "Maria Teresa Aprivelo" debe leerse "Mariana Teresa Aprivelo". CIF
    • 1423/2024 - Licencia por art 23 del 7/10 al 18/11 de Maria Teresa Dames. Intendencia
    • 1422/2024 - Licencia por art 20 del 15/11 y por 90 días de Yamila Gisele Porteros. Designaciones interinas de Maria Pilar Casas, Pilar Caeiro y Joaquin Benitez. Juzgado 73, 94