El máximo Tribunal con el voto mayoritario de los ministros Highton de Nolasco, Maqueda, Lorenzetti y Rosatti, ratificó -en los cuatro casos- que la aplicación del cómputo privilegiado de pena, beneficio conocido como el “2 x 1”, no es aplicable para delitos de lesa humanidad, al remitir a sus votos concurrentes en el precedente “Hidalgo Garzón”. En consecuencia, confirmaron las decisiones recurridas por las defensas de los condenados por delitos de lesa humanidad Raúl Espinoza, Manuel Juan Cordero Piacentini y Ricardo Alberto Ramón Lardone que les negaban la aplicación del beneficio del “2 x 1”.
Por su parte el ministro Rosenkrantz, en disidencia, remitió en todos los casos a su voto en igual sentido que en aquél precedente, haciendo lugar a las quejas, declarando admisible los recursos extraordinarios y revocando la decisión que venía siendo recurrida.