En el marco de las causas conocidas como “Feced I” y “Feced II” en la que se investiga la comisión de delitos de lesa humanidad en las dependencias del Servicio de Informaciones de la Jefatura de Policía de Rosario, la defensa de José Rubén Lo Fiego interpuso recurso de hecho contra la decisión de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal.
Ese tribunal no hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto contra su fallo por el que resolvió rechazar el recurso de casación articulado por la defensa del nombrado contra la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de Rosario.
Allí este último tribunal condenó al nombrado a la pena de prisión perpetua por considerarlo autor de los delitos de homicidio calificado por alevosía en concurso real con privación ilegal de la libertad calificada por su carácter de funcionario público y por mediar violencias y amenazas, en concurso real con tormentos calificados por aplicarse contra perseguidos políticos y asociación ilícita.
El máximo Tribunal, por aplicación del art. 280 del CPCyCN, que en su parte pertinente establece que “…La Corte, según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”, rechazó por unanimidad el recurso interpuesto.