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    Comunicado de la Asociación de Magistrados de la provincia de Chaco

    Con la firma de Marta Inés Alonso, Presidente, y Gloria Beatriz Zalazar, Secretaria General de la Asociación de Magistrados del Chaco, un grupo de integrantes de la entidad difundieron un comunicado.

    El documento fue confeccionado luego del taller debate sobre “Transparencia en la designación de los jueces; intangibilidad de las remuneraciones de funcionarios y magistrados” que realizaron en ocasión de conmemorarse el Día de la Magistratura.
    En  la citada declaración los jueces y funcionarios del Chaco expresan:

    “1,  Que no obstante la potencialidad y el vigor institucional otorgados al Poder Judicial en el orden constitucional nacional y provincial, en el orden existencial el derecho no condice con los hechos.-

    2- Que el Poder Judicial desempeña un rol fundamental en la comunidad, cual es preservar la paz social y liderar las iniciativas que permitan afianzar el orden jurídico para proporcionar la seguridad indispensable para el bienestar social y el desarrollo económico de la Provincia.-

    3- Que es discriminatorio e injusto afirmar que los magistrados carecen de la necesaria experiencia práctica de vida. El conflicto social, el dolor y la frustración de los problemas que no pueden resolverse en otros ámbitos son la materia de nuestra labor diaria y los motivos de nuestra preocupación y compromiso.

    4- Que los habitantes de la provincia están mirando fija y esperanzadamente a quienes los representan y claman por la mayor transparencia en la selección de los jueces. Este anhelo es, para los jueces y para la Asociación de Magistrados que los nuclea, un objetivo estratégico sobre el que viene trabajando con iniciativas y proyectos concretos, los que aún no han encontrado eco legislativo o reglamentación por vía del Consejo de la Magistratura.

    5- Que el concurso público de oposición y antecedentes es el único procedimiento eminentemente democrático. Para reducir sus defectos y posibles desviaciones se ha peticionado su regulación con bases objetivas: puntaje en la oposición y en los antecedentes con publicidad de todo el proceso de selección. Sin perjuicio de respetar el rol institucional que le cabe al Consejo de la Magistratura. Meta que aún no ha podido materializarse.

    6- Que el sistema de subrogancias que se aplica en nuestra provincia desconoce los lineamientos fijados por la CSJN acerca de que deben ser remuneradas a partir del quinto día, atento a que las decisiones jurisdiccionales asumidas en esa situación están alcanzadas por las mismas regulaciones que las funciones propias y que implica idéntica carga de trabajo e idénticas responsabilidades, así como el eventual sometimiento al jurado de enjuiciamiento.-

    7- Que las Provincias están obligadas por la Constitución Nacional a brindar todas las garantías de que los jueces no serán sometidos a presiones económicas que pudieran orientarse a condicionar sus decisiones jurisdiccionales. Ese es el sentido de la intangibilidad de las compensaciones que reciben los magistrados, situación que no se da en la nuestra, siendo que su respeto es fundamental para la independencia del Poder Judicial y para la forma republicana de gobierno.

    8- Que en un sistema federal se reconocen y se respetan las identidades de cada provincia, pero también debe necesariamente existir un contenido mínimo que permita considerar que las garantías institucionales son verdaderamente efectivas, y que en ese sentido debe reconocerse respecto de las condiciones salariales una cierta base igualitaria mínima. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha expresado claramente que no pueden alejarse en forma grosera de las remuneraciones que perciben los demás jueces en las restantes jurisdicciones.

    9- Que sin embargo, los salarios no sólo están por debajo de los de la totalidad los de jueces y funcionarios de la justicia federal sino que, como se denunciara repetidamente son muy inferiores a los de funcionarios de tercera línea del Poder Administrador y de las empresas del Estado. El Poder Judicial del Chaco es uno de los cuatro peores pagos del país, por lo que los juicios y funcionarios acordaron declararse en alerta permanente en defensa de la intangibilidad de sus salarios como garantía de independencia de la magistratura.

    10- A modo de conclusión y resumen, se solicita enfáticamente al Poder Ejecutivo, al Poder Legislativo y al Poder Judicial, cada uno según su competencia, que se revierta la situación salarial crítica de magistrados y funcionarios en respeto de su independencia; que se arbitren medios para la sanción de la ley que modifique el régimen de subrogancias y que, junto con el Consejo de la Magistratura, se arbitren los medios y recursos para lograr mayor transparencia en la designación de los magistrados”.

     

     

     

     

    DATE      : 2024-09-20 05:44:52
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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR