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    Se reanudaron los alegatos de las defensas en el juicio oral contra Videla

    El Tribunal Oral Federal Nº1 de esa ciudad retomó las exposiciones. En primer término expone la abogada Natalia Bazán, defensrora del ex presidente de facto y de los imputados Vicente Meli, Enrique Monez Ruiz, Osvaldo Quiroga y Francisco Daloia
    Se reanudaron los alegatos de las defensas en el juicio oral contra Videla

    El Tribunal Oral Federal Nº 1 de Córdoba retomó este jueves el juicio oral contra el ex presidente de facto Jorge Rafael Videla y otros 29 acusados por delitos de lesa humanidad, cometidos en esa provincia durante el último gobierno militar.

    Durante la jornada se espera que continúen los alegatos de las defensas.

    La primera en hacer su alegato es la abogada defensora Natalia Bazán, que representa a Jorge Rafael Videla, Vicente Meli, Pablo D'Aloia, Osvaldo Quiroga y Enrique Mones Ruiz.

    Este miércoles declararon los abogados de los imputados Carlos Yanicelli, Fernando Rocha, Calixto Luis Flores, Ricardo Cayetano Rocha, Gustavo Rodolfo Salgado, Gustavo Alsina y Mauricio Poncet.


    Carlos Yanicelli y Fernando Rocha

    En la audiencia, comenzó su alegato el abogado Ernesto Alberto Gaudin, defensor de los imputados Carlos Yanicelli y Fernando Rocha. A continuación, parte de su declaración:

    “Voy a adherir al planteo del Dr. Deheza sobre la recusación del Dr. Pérez Villalobo, con reserva federal.”

    “Pido la prescripción penal por el transcurso del tiempo, por ausencia de declaración del delito de lesa humanidad previo, por haber sido llamados a declaraciones indagatorias siendo un delito sujeto a un delito común y no haber sido declarado expresamente como delito de lesa humanidad. Corresponde la prescripción por el transcurso del tiempo.”

    “Si fue intimado, no fue declarado de lesa humanidad y se sigue por el camino de la imputación se va alterar la defensa del juicio.”

    “Tampoco declaró el tribunal que se tratara del delito de genocidio, de acuerdo con las leyes internacionales.”

    “Solicito la inconstitucionalidad de todos los actos procesales sobre mis defendidos Yanicelli y Rocha.”

    “En definitiva, la prueba testimonial receptada en la actividad probatoria carece de pruebas. Por lo tanto, solicito la absolución de mis asistidos respecto de la pena que pesa sobre ellos en la presente causa.”


    Calixto Flores, Ricardo Rocha y Gustavo Salgado

    Tras un cuarto intermedio, alegó el abogado Orlando Pedro Leguiza, defensor de los imputados Calixto Luis Flores, Ricardo Cayetano Rocha y Gustavo Rodolfo Salgado. A continuación, parte de su exposición:

    “En la causa ‘Gontero’ vienen acusados mis defendidos Flores y Salgado. En la causa de la ‘UP1’ vienen acusados Rocha y Flores.”

    “Voy a adherir a los planteos del Dr. Deheza con relación al Dr. Pérez Villalobo y también voy a adherir ‘in totum’ a lo planteado por el Dr. Gaudin.”

    “Por los hechos que se le acusan a Rocha voy a adherir a los pedidos de absolución de la Dra. Martínez, el Dr. Orosz y el Dr. Gonella.”

    “El Dr. Ceballos solicitó prisión perpetua para mi defendido Rocha. Carece de fundamentos, por lo que voy solicitar la nulidad de tal pedido.”

    “Con respecto a mi asistido Flores voy a adherir al pedido del Dr. Gaudin, por sostener que son delitos prescriptibles.”

    “En relación con los hechos que se le imputan Flores, no existen elementos probatorios para condenarlo. Son sólo testimonios en los cuales queda demostrado que hay un interés marcado en el resultado final de este juicio con respecto a las acusaciones.”

    “Lo concreto en esto es el interés por el resultado final de mis defendidos.”

    “Hay una orfandad probatoria en esta causa.”

    “He observado que se confunde documentación con prueba.”

    “No hay indicios que puedan comprobar la participación de Flores en estos hechos.”

    “No hay prueba alguna de que Flores haya participado de los hechos que se le imputan, ni siquiera que haya estado en el lugar de los hechos.”

    “No se ha tomado el legajo completo de Flores para incriminarlo, sino que ha sido usado en su contra un planilla de ascensos, que quedó demostrado cuando el perito experto en legajos que fue citado a esta audiencia dijo que la planilla solo sirve para los ascensos de  los agentes.”

    “Los testigos que pasaron por acá no reconocieron a Flores.”

    “Acá, a Flores, lo ubican supuestamente en una brigada. En la causa no hay nada que se diga sobre eso.”

    “No hay otra prueba en esta causa para que Flores esté aquí que la declaración de ‘Charly Moore’, quien miente y lo involucra.”

    “Pido la absolución de Flores por todos los elementos que he mencionado, por las faltas de prueba que hay en las mismas.”

    “Pido la absolución también parar mi defendido Rocha y pido la nulidad de la acusación del Dr. Ceballos.”

    “A Salgado nadie lo ha visto en el lugar de los hechos, ninguno lo mencionó, ninguno lo vio. Salgado no realizaba otra actividad que no sea la guardia. Nadie lo mencioné en este debate.”

    “No existe ningún elemento que pudiera ubicar a Salgado en el lugar de los hechos.”

    “Salgado no tuvo participación en los hechos de tormentos.”

    “No existen elementos de prueba que incriminen a Salgado, pero sí que él era oficial de guardia.”

    “Para concluir, de acuerdo a que no hay pruebas respecto de Salgado, voy a solicitar la absolución de Gustavo Rodolfo Salgado, con las reservas del caso federal.”

    “Con respecto a Calixto Flores, se encuentra en una situación procesal similar a la de Salgado. Ninguna de las victimas lo nombran, no lo acusan, no existe elemento alguno que de base a una acusación y muchos menos a una condena.”

    “No hay elementos para acusar a Flores, no existe plataforma fáctica de la conducta de Flores que pueda incriminarlo en los hechos.”

    “Flores siempre iba bajo las órdenes de quien estaba a cargo de los procedimientos.”

    “La tarea de Flores ha quedado netamente probada en este juicio.”

    “En honor a la verdad, tengo que decir que tengo plena confianza en este tribunal que va a resolver ajustado derecho.”

    “Por todo ello y lo manifestado, voy solicitar la absolución de Calixto Flores con las reservas federales del caso. Con esto doy por finalizado mi alegato.”


    Gustavo Adolfo Alsina y Mauricio Carlos Poncet

    Algunos tramos del alegato del abogado defensor Osvaldo Viola

    “Para iniciar este alegato luego de agotadoras jornadas que ya están terminando, quiero hacer reconocimientos puntuales. Al tribunal y en especial a usted, que ha conducido este debate con sabiduría y prudencia, independientemente de las recusaciones que en su momento se hicieron."

    “No me voy a explayar porque ya hicimos la reserva puntual en su momento. Reconocimiento para todos los colegas de la defensas puntuales privadas y las defensas publicas y también de las querellas y el ministerio público, en especial al fiscal general que le tengo un especial consideración y respeto intelectual. A la gente que ha venido. A mi asistente Gabriela Parodi que desde el primer momento estuvo acompañando a su esposo el mayor Alsina sino que estuvo asistiéndome con dedicación y con esfuerzo."

    “Llego aquí no porque tenga ninguna opinión favorable al proceso, porque usted sabe que fui una de sus víctimas, sino por ejercer la defensa."

    “No están aquí por haber ganado una guerra, sino por haberla perdido. Nadie gana una guerra si no prevalece, y el proceso no prevaleció. Danilo Solo, que hace un tiempo atrás escribió un libro que se llama de Nuremberg a Bagdad. Cuando comenzó este juicio dije que estos juicios eran en la práctica la continuación de los procesos de Nuremberg, o que tenían como base los juicios de Nuremberg, que se habían instalado como base para los que perdieron la guerra mundial. Se decía que era el juicio más importante de la historia de Córdoba, porque era un juicio alegórico, simbólico, que instalaba una justicia retributiva, en función de un neopunitivismo."

    “No vengo a defender la teoría de los dos demonios. Siempre creí que había un solo demonio, con una sola cabeza, y con una mano derecha y una mano izq. Con la mano izquierda el demonio resuelve y con la mano derecha consolida”. 
    “Yo viví aquellos años, pero no los viví en un repollo. Los viví militando. Tampoco en mi condición de abogado voy a encubrir mi condición de peronista."

    “Se quiere imponer una visión sesgada de la historia, los pueblos no suelen comprarla fácilmente. Nosotros militábamos munidos de los autores revisionistas. Los que quieren instalar la neohistoria argentina por lo menos deberían conocer esa historia”.

    “No levanto la bandera de los dos demonios, porque creo que es erróneo plantearlo así. Evidentemente había alguien que se ofrecía a tenernos el saco para pelearnos entre nosotros. Ese alguien no era el que pensaban los militantes ni el que decían las organizaciones guerrilleras que combatían."

    “Fíjense, este es un libro nuevo que se ha presentado en Córdoba sobre la política de derechos humanos”.

    “Podríamos haberlo traído como testigo a Kissinger a este juicio, pero no estaba dentro de las posibilidades, era más fácil traerlo a Fermín Rivera o a Charlie Moore”.

    “En Nuremberg no se sentó en el banquillos a los que tiraron la bomba atómica sobre Hiroshima”.

    “Eso nos lleva a ir concluyendo esta primera parte del marco conceptual que nos lleva al neopunitivismo”.

    “Recién me hicieron una observación que creo que es justa, sobre los reconocimientos que hice al principio y un olvido involuntario. No hice reconocimiento ni a los empleados, funcionarios del tribunal, que forzadamente han estado junto a nosotros durante este tiempo ni al personal de seguridad, especialmente al de la Policía Federal."

    “Algo que dejó entrever el fiscal general en su presentación. No un argumento “ad hominem”, sino un hecho constatable. Que a personas que cometieron crímenes en el pasado se las juzgue con la misma vara que aquí a los militares, por delitos que yo también considero son de lesa humanidad."

    “Yo fui uno de los tres del Partido Justicialista que firmó la solicitada cuando vino la Comisión Interamericana de Derechos Humanos."

    “Mi defendido Poncet ha perdido 18 kilos sin que todavía se le pueda hacer un diagnóstico”.

    “No hubo ninguna fuera del proceso constitucional. De modo que la causa siguió el curso zigzagueante de la política y de las instituciones argentinas."

    “Porque ni Alsina ni Poncet hicieron las leyes de obediencia debida y  punto final. Ni Alsina ni Poncet lo eligieron a Alfonsín sí han visto conculcados parte de su derecho frente a una interpretación que ha ido ganando terreno, que es este derecho a punir en forma absoluta."

    “Nunca en un estado de derecho hay un derecho apunir en forma absoluta, como surge de este modelo Nuremberg donde Estados Unidos impulsó ese derecho a punir pero a los otros, no a ellos."

    “Cuando empieza la causa UP1 con la famosa denuncia de Fermín Rivera, esta Justicia Federal deriva la investigación a la Justicia Militar y el Confusa y cuando la justicia militar resuelve esta justicia federal ordena el archivo de las causas. Simultáneamente se habían votado las leyes de obediencia debida y punto final, votadas en forma democrática en el Congreso."

    “Se está aplicando analógicamente la ley penal. La analogía surge de confundir tratados que son de orden internacional referidos a delitos internacionales y al derecho penal internacional con delitos de orden interno. Voy a citar un trabajo incorporado como consultor a una causa que se tramita en La Plata, la causa del CNU. Un dictamen que presenta quien fuera ministro de justicia de la Nación, que tiene una larga trayectoria Alberto Luis Zuppi. Actuó como abogado en Alemania, Francia e Italia en los más famosos casos de extradición en la Argentina, Priebke, Suárez Masón, Shuambemberg”.

    “Cuando estamos ante un crimen internacional entran a funcionar principios de derecho penal internacional. Un crimen de lesa humanidad no prescribe. En derecho doméstico los crímenes sí”.
    “Un híbrido inexplicable montado sobre dos órdenes jurídicos…. Es lo que pasa acá, luego de 27 años de proceso, en que nunca cesó la acción penal”.

    “La aplicación de estos tratados con efecto retroactivo… contra la ley, contra la constitución, contra la soberanía y la voluntad del pueblo argentino… Se está aplicando analógicamente el derecho”.

    “Eso va en contra de todas las garantías de los imputados, pero fundamentalmente la garantía de la no aplicación analógica”.

    “El tratado de Roma es ley en la Argentina, fue incorporado a nuestro derecho penal. Tiene sus tipos y particularidades interpretativas, y frente a los imputados es ley penal más benigna, porque contempla el principio de la legalidad y también garantiza el juez natural y la cosa juzgada. De modo que de qué estamos hablando!!! Todas las normas del tratado de Roma son normas más benignas para los imputados."

    “Los poderosos no deben perder nada ni tener ningún temor, porque nadie los va a juzgar por haber masacrado a millones de seres humanos y hacer guerras donde se les ocurre y cuando se les ocurre. Son los pobres, son los derrotados, los países bananeros los que pierden."

    “Esta causa contra mi defendido Alsina se inicia en 1983 y nunca la pretensión punitiva de la fiscalía y las querellas cesó. Esto plantea la cuestión central que es la duración y viola las garantías de la prescripción del proceso."

    “La democracia fue generando hechos como la ley de obediencia debida, punto final, semana santa, los carapintadas, hechos que ocurrieron pero que en última instancia respondieron a una decisión política."

    “Por si hubiera alguna duda de que esta causa significa volver a juzgar a Alsina por los mismo  hechos que ya fue juzgado y la Corte ya se pronunció, voy a hacer referencia a que no solo esa garantía de la cosa juzgada y del “ovni ibidem” están siendo violadas."

    “Y la garantía de derecho internacional, voy a invocar la garantía de duración razonable del juicio. Este proceso es absolutamente irrazonable, porque como dijo el doctor Arroyo los familiares debieron esperar, también debieron esperar los imputados, sobre todo Alsina y Mones Ruiz en su momento eran los Sacco y Vanzetti de este proceso."

    “Voy a pedir la prescripción de la acción penal. 14 de julio de 1983, el doctor Eduardo … Tagle, promueve acción penal por los hechos ocurridos entre los meses de abril y octubre de 1976, por los casos de Bauducco y Moukarzel, y los caratula como homicidio simple."

    “Se investigan los casos denunciados por Fermín Rivera y mi defendido fue sobreseído por sus jueces naturales."

    “Estamos anulando todos los instrumentos públicos, todo fue nulo”.

    “En las presentaciones de la querella del doctor Arroyo en el año 84 el argumento era que las leyes de obediencia debida y punto final no amparaban a Alsina porque el homicidio de Moukarzel era un delito común”.

    “Quien habla es garantista, y es garantista para todos los delitos, no garantista para los narcotraficantes y punitivista para los militares”.

    “No se puede ir en contra de la constitución porque la constitución es la carta magna soberana de los argentinos y no se puede traer argumentos de los pelos como el “jus cogens”.

    “Ninguna norma puede estar por encima de la Constitución”.

    “Acá los imputados Alsina y también Mones Ruiz están sometidos a proceso desde aquel lejano 1983 cuando llegó la denuncia de este señor Fermín Rivera, mentiroso que acá cuando analice los testimonios voy a intentar desenmascarar”.

    “En el hecho 9 de la muerte del doctor Moukarzel las querellas mantuvieron firme la acción penal. Nunca se dejó de perseguir a Alsina desde aquella acción penal que se le promueve en 1983. Entonces si acá hubiera una condena sería violatorio de la garantía constitucional. Esto es así porque qué posibilidad tienen los imputados ahora de buscar testigos. La defensa se restringe."

    “Esta cuestiones fueron planteadas a lo largo de la reapertura de la causa, y fueron rechazadas, por este criterio de que todo tiene que tener una pena. El estado tiene derecho a buscar a las víctimas, indemnizarlas y hacer un juicio de la verdad. Es un derecho del Estado, pero acá no. Acá hay que establecer sí o sí una pena."

    “Mi defendido es un lesa. Qué es un lesa, alguien que está preso y que no hay ninguna garantía constitucional que se le reconozca."

    "En relación a mis defendidos Gustavo Adolfo Alsina y Mauricio Poncet, voy a solicitar se los sobresea y se los absuelva en los hechos que se les imputa, por todo lo expuesto."

    Luego de esto el Tribunal ordeno un cuarto intermedio hasta mañana  a las 9:30 horas, donde se continuara con los alegatos de las defensas que restan.

    Informe: Natalia Brusa (Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba) y José Ferrer (Tribunal Oral Federal Nº1 de Córdoba).

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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 526/2024 - RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 526
    • 1392/2024 - concédese licencia por motivos particulares para el día 11.11.24 a la Oficial de Servicio de este Tribunal, María Funes
    • 1425/2024 - Se rectifica la Resolución N° 1298/24 en el sentido que donde dice "Maria Teresa Aprivelo" debe leerse "Mariana Teresa Aprivelo". CIF
    • 1423/2024 - Licencia por art 23 del 7/10 al 18/11 de Maria Teresa Dames. Intendencia
    • 1422/2024 - Licencia por art 20 del 15/11 y por 90 días de Yamila Gisele Porteros. Designaciones interinas de Maria Pilar Casas, Pilar Caeiro y Joaquin Benitez. Juzgado 73, 94