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    Fallo ordena al Gobierno bonaerense entregar vivienda a una familia

    Lo resolvió el juez platense Luis Arias. Se trata de una mujer a quien le adjudicaron una casa pero que no le fue otorgada por estar ocupada por terceros. Para el magistrado, “el Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la vivienda digna”

    El juez Luis Arias, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata, ordenó al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires entregar una mujer una casa que le había sido adjudicada en un plan de viviendas en el 2008 y que nunca se le otorgó.

    Según la resolución, el Ejecutivo provincial había argumentado que la casa no pudo ser entregada porque se encuentra ocupada por terceros. El juez admitió esa realidad, pero le otorgó un plazo de 60 días al Gobierno para que le entregue esa misma vivienda o bien otra distinta, de similares características y ubicación.

    Para el magistrado, “el acceso a una vivienda digna no debe entenderse meramente como el derecho a obtener la propiedad de una vivienda, sino como el de vivir en seguridad, paz y dignidad en alguna parte -es decir, la posibilidad de contar con un espacio físico adecuado-, estando a cargo del Estado la realización de acciones tanto positivas como negativas para garantizar dicho mandato”.

    “De esta forma, cuando un individuo o grupo es incapaz de acceder a una vivienda digna, el Estado tiene en tal caso la obligación de adoptar las medidas pertinentes para proveer, al menos en un estadio básico, la satisfacción de esa necesidad”, agregó el magistrado.

    Por esas razones, el juez entendió que “se encuentra verificado el incumplimiento de la sentencia de autos, motivo por el cual, y valorando la complejidad de la cuestión debatida (en especial la ocupación efectiva de la vivienda adjudicada a la Sra. L., por una familia con menores de edad), estimo conveniente otorgar a la demandadas el plazo de 60 días establecido en el art. 163 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, para que procedan a la efectiva entrega de la vivienda adjudicada, u otra vivienda de similares características bajo el mismo régimen jurídico, dentro de la zona de ubicación del Barrio Justicia Social de Tolosa o en un radio no mayor a los dos kilómetros de distancia”.

    DATE      : 2024-09-20 07:54:12
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    LINE      : 872
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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
    • 98/100/2024 - Resol. CFABB T°I F°98/100,año 2024. Designaciones efectivas e interinas JFSR