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    Superior Tribunal destacó alcances de la nueva ley de violencia de género

    Los doctores Eduardo Llugdar y Agustin Rimini Olmedo expresaron que junto con otras leyes vigentes y la Oficina de Violencia Familiar y de la Mujer, ahora la justicia provincial asume un rol proactivo en acudir en apoyo de las víctimas de este flagelo

    Los doctores Eduardo Llugdar y Agustín Rimini Olmedo en sus condiciones de titulares de las  Salas Civil y Penal, respectivamente, del Superior Tribunal de Justicia, fueron consultados esta mañana por la prensa, en relación a la reciente sanción en la Cámara de Diputados de la ley que busca la prevención y erradicación de la violencia de género.

    El Dr. Llugdar sostuvo en ese sentido que la nueva normativa implica una adhesión a la ya existente ley nacional 26.485 y ratifica la posición del gobierno santiagueño de buscar terminar con este flagelo, a nivel de política de estado, lo cual ha sido manifestado en distintos foros nacionales y regionales, en un tema que implica a los tres poderes del estado.

    Agregó que esta ley produce un cambio sustancial de criterios, pues la justicia ha trabajado hasta siempre sobre  hechos consumados, en cambio ahora la nueva ley impone a todo el estado provincial, a tomar medidas preventivas para evitar el flagelo de la violencia de genero.

    De este modo -prosiguió Llugdar- en los procedimientos civiles y penales, los jueces deberan tomar otras actitudes, pues la ley exigirá tomar un rol proactivo, o sea que se deberá decidir, para lograr salvaguardar la integridad física de las personas, aun a riesgo de comenter errores.

    En estos casos -sostuvo- serán competentes los jueces de familia para la toma de medidas cautelares urgentes, o sea que aquí estos jueces tendrán una competencia muy similar a los jueces del crimen.

    Tendrán turnos los dias feriados y no habrá necesidad ya, de esperar hasta el lunes para actuar. Incluso cualquier juez de la provincia será competente para recibir la denuncia, aunque sea incompetente. La denuncia podrá ser oral o escrita y los jueces tendrán la obligación de tomarla y luego girarla al juez competente, pues lo que se busca es lograr la inmediata accion del estado ante un hecho de este tipo, precisó el miembro del alto cuerpo.

    En cuanto al rol de la policía indicó que tiene un importante papel en este sistema proactivo, por cuanto la ley determina la capacitación especializada del personal policial en cada comisaria para atender esta problemática de la violenca de genero. Con esta ley se espera que se evite el problema de la desantención de las personas que concurren por ayuda, ya que impone sanciones muy importantes no solo de tipo administrativo sino de hasta penales, a los funcionarios sean policiales o de los tres poderes estatales que no atiendan con seriedad y esponsabilidad  las denuncias.

    El Dr. Rimini a su turno, expresó que ahora tenemos una justicia que va a prevenir tanto a partir de la creación de la Oficina de Violencia Familiar y de la Mujer como de la vigencia de esta última ley sobre  violencia de género. Asimsmo el alto magistrado de la corte local, puntiualizó que no solo los jueces receptaran las denuncias, sino tambien los fiscales, a partir de la actual reforma procesal penal en marcha en Santiago del Estero.

    Por ultimo el Dr. Llugdar remarcó que la importancia de este ley es que impone a todo el estado provincial en su conjunto, la concientización y el compromiso en relación a la violencia de genero. Esto implica mayor responsabilidad para la Oficina de Violencia Familiar y de la Mujer, del Poder Judicial, la cual a través de sus datos estadisticos obtiene información que permite la toma de decisiones para combatir este flagelo. Para la obtención de esos datos los jueces deberán acudir a los requerimientos que realice la Oficina de Violencia, por cuanto constituye una obligación legall para todos los magistrados.

    Santiago del Estero, 22 de septiembre de 2011.-

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    Acordadas y resoluciones
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 2112/2024 - Asignar por subrogación las funciones pertinentes de la Secretaría Civil N° 3 de esta Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ?Chaco-, a cargo de la Dra. Maia Virginia Benítez Yunes, al Sr. Secretario Civil N° 1 de este Tribunal, Dr. Gustavo D
    • 63/2024 - Se dispone la realización de un sorteo para el día 23.9.24 a las 12 hs. en la Secretaría General de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para desinsacular a los Magistrados que habrán de subrogar el Juzgado Comercial Nº 31 del 27.9.24 al 10.1
    • 18-09/2024 - Sorteo manual público el día jueves 18 de septiembre de 2024 a las 8.30 hrs. por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 3 y a las 8.40 hrs por el Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias nº 5 - Licencia solicitada por la Sr.
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