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La Sala M de la Cámara Nacional en lo Civil aseguró en un fallo por un divorcio que asegura que la “infidelidad virtual” posterior a la ruptura de la convivencia no configura causal subjetiva de divorcio.
Fue en una resolución firmada por los camaristas Mabel De los Santos y Fernando Posse Saguier, donde el tribunal modificó la sentencia de primera instancia rechazando las causales de injurias graves atribuidas a las partes y, consecuentemente, decretar el divorcio por la causal objetiva invocada en la demanda, declarando disuelta la sociedad conyugal existente entre los esposos.
DATE : 2024-09-20 04:30:31 SERVER IP : 10.200.1.121 CLIENT IP : 10.200.56.110 FILE : /var/www/cij.gov.ar/prod/scp/obj/2015-obj-interior-nota.php LINE : 872 FUNCTION : PHP Parser MESSAGE : [NOTICE] Undefined variable: me