X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Ordenaron procesamientos por robo a una banda integrada por dos menores

    Lo resolvió el juez Carlos Reussi. El delito no se consumó por la intervención de personal policial. Este miércoles se presentó el único de los cuatro acusados al que se le dictó prisión preventiva y había sido sido liberado pese a la orden judicial

    El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Viedma, a cargo del juez Dr. Carlos Reussi, dictó el procesamiento con prisión preventiva de Jorge Eduardo Ardaiz, por estimarlo coautor del delito de Robo en Poblado y en Banda con la participación de menores de edad en grado de tentativa, (Art. 167 inc. 2 y 41 quater en función del art. 42, 45 del Código Penal y arts. 285 y 289 del Cód. Proc. Penal).
     
    Asimismo, ordenó el procesamiento de Denis Rodrigo Garcia  por estimarlo coautor del delito de Robo en Poblado y en Banda con la participación de un menor de edad en grado de tentativa (Art. 167 inc. 2 y 41 quater en función del art. 42, 45 del Código Penal y arts. 285 y 289 del Cód. Proc. Penal).
     
    El magistrado procesó a dos menores por el delito de Robo Calificado por cometimiento en Poblado y en Banda en grado de tentativa, en los términos de los Artículos 42 y 167, inc. 2º del Código Penal y conforme el Artículo 285 del Código Procesal Penal y dispuso además,  el inicio de Tratamiento Tutelar para E.A.V, y dejó constancia de la presente resolución, en el tratamiento tutelar que se sigue a M.I.C.CH.
     
    Con respecto al hecho que se investiga, se le atribuye a Jorge Eduardo Ardaiz y Denis Rodrigo Garcia junto a dos menores, de 16 y 17 años, haber sido quienes el 3 de febrero de 2012, aproximadamente a la 1,50 hs.,intentaron robar en una vivienda ubicada en calle Gallardo 620 de la ciudad de Viedma.
     
    En la oportunidad, Ardaiz habría llevado en una camioneta a García y los menores hasta la vivienda, con intención de apoderarse ilegítimamente de los elementos que se encontraban en su interior. Allí, éstos últimos tres tras forzar la persiana y romper un vidrio de una ventana del frente de la casa no lograron su cometido por razones ajenas a su voluntad ya que fue accionada la alarma del domicilio por lo que emprendieron la fuga, nuevamente a bordo de la camioneta conducida por Ardaiz quién los habría pasado a buscar por frente de la vivienda.
     
    Seguidamente, fueron interceptados y perseguidos por personal policial que los aprehendió en la intersección de calles Cardenal Cagliero y Rotonda Pagano de esta ciudad, donde fueron reducidos tras resistir el accionar policial y forcejear intentando impedir su arresto.
     
    En la resolución se expresa que “del marco probatorio surge claramente el accionar de Ardaiz como aquella persona que llevaba en su vehículo a las otras tres, -dos menores- esperando cerca del lugar, monitoreando la situación, y luego, cuando en ocasión de intentar ingresar uno de ellos, se acciona la alarma de la vivienda, el mencionado Ardaiz se dirige al frente de la vivienda violentada, frena, espera que suban y salen raudamente en dirección de calle Urquiza protagonizando varias maniobras evasivas de los vehículos policiales, hasta ser detenidos por la prevención a considerable distancia del lugar”.
     
    Para resolver, el Juzgado de Instrucción Penal Nº 2 tomó en cuenta las constancias de prueba constituidas especialmente por acta de procedimiento policial, certificados médicos, acta de denuncia Penal, acta de secuestro, Partidas de Nacimiento, declaraciones testimoniales y demás constancias sumariales obrantes en la presente causa.
     
    El Tribunal consideró que a la luz de las constancias probatorias reunidas en la presente investigación y con el alcance de esta etapa preparatoria, tanto la materialidad del hecho, la autoría y la responsabilidad de los sometidos a proceso están acreditadas y que corresponde decretar su procesamiento.


    INVESTIGACION EN FISCALIA
     
    Por otra parte vale destacar que, en hechos que se habrán de investigar, Jorge Ardaiz fue dejado en libertad contra la orden judicial del Juzgado de Instrucción Nº 2 de que dictó su procesamiento con prisión preventiva en fecha 17 de febrero último, -Resolución Nº 46656-, situación que ya ha sido denunciada desde el Juzgado ante la Fiscalía de Turno de esta Capital Provincial para su consecuente esclarecimiento.
     
    Asimismo, este miércoles se presentó en el Juzgado de Instrucción Nº 2, el mencionado Ardaiz, quién luego de ser debidamente notificado fue traslado a la alcaldia local en cumplimiento de la disposición judicial.
     

     

     

     

    32
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 526/2024 - RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 526
    • 1392/2024 - concédese licencia por motivos particulares para el día 11.11.24 a la Oficial de Servicio de este Tribunal, María Funes
    • 1425/2024 - Se rectifica la Resolución N° 1298/24 en el sentido que donde dice "Maria Teresa Aprivelo" debe leerse "Mariana Teresa Aprivelo". CIF
    • 1423/2024 - Licencia por art 23 del 7/10 al 18/11 de Maria Teresa Dames. Intendencia
    • 1422/2024 - Licencia por art 20 del 15/11 y por 90 días de Yamila Gisele Porteros. Designaciones interinas de Maria Pilar Casas, Pilar Caeiro y Joaquin Benitez. Juzgado 73, 94