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Un fallo judicial de primera instancia declaró la inconstitucionalidad de la estatización de los ahorros de los ex afiliados al sistema jubilatorio de capitalización y le ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) abonarle a la reclamante lo que tenía acumulado en su cuenta al 9 de diciembre de 2008, la fecha de entrada en vigor de la ley que eliminó aquel régimen.
La sentencia fue dictada en la causa "Scotti, Gisela Beatriz contra el Estado Nacional" y es la primera que se conoce a favor del régimen privado. Además de la devolución de fondos, el fallo sostiene que la Anses deberá considerar los períodos en los que la aportante estuvo afiliada a una AFJP como válidos para jubilarse en reparto. Y justifica esa disposición en el hecho de que las contribuciones patronales siempre se derivaron al Estado.
DATE : 2024-09-20 07:34:10 SERVER IP : 10.200.1.121 CLIENT IP : 10.200.56.110 FILE : /var/www/cij.gov.ar/prod/scp/obj/2015-obj-interior-nota.php LINE : 872 FUNCTION : PHP Parser MESSAGE : [NOTICE] Undefined variable: me